Cláusulas suelo: un capítulo más… pero no igual
Reportaje de Tribuna Empresarial del Diario de Pontevedra, domingo 22 de enero de 2017, Fernando Álvarez de IFFE Business School
La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea que obliga a los bancos a aplicar una retroactividad total en las cláusulas suelo opacas, ha provocado un tsunami en las cuentas de resultado de las entidades financieras, una invasión de anuncios de factorías de abogados en televisiones y radios y un desconcierto de los consumidores que ahonda en la demonización que la sociedad está realizando del sector bancario.
Esta sentencia europea rectifica el fallo del Tribunal Supremo español que limitaba la retroactividad a mayo de 2013 permitiendo la no devolución en períodos anteriores (estas cláusulas comenzaron a activarse mayoritariamente a partir de finales del 2009 debido a las caídas generalizadas del Euribor).
Veamos las consecuencias que acarrea esta resolución. Por parte de la banca la retroactividad formulada desde el 2013 ya ha supuesto la dotación de unas provisiones (pérdidas que se espera que se hagan efectivas) en el 2016 de 2.600 millones de euros; a esta factura habría que añadir los 4.000 millones que estima el Banco de España de la aplicación de la retroactividad total. Este hecho, junto con los tipos de interés en mínimos históricos, la morosidad aún en niveles muy elevados, la competencia de las fintech y una sobrerregulación financiera, provocan que el sector se encuentre en una situación muy delicada a nivel de resultados y con una clara necesidad de reinventarse a medio plazo.
De forma complementaria, el escenario contractual de los productos bancarios se está modificando en los últimos tiempos, viéndose alterado en causas jurídicas posteriores; esta inestabilidad provoca que la banca incurra en unos costes adicionales a los estimados en el momento de la fijación de los precios de las hipotecas. Este aspecto, unido al contexto actual del sector, provocará una subida generalizada de los márgenes aplicados en las hipotecas y otros productos bancarios, un aumento de las comisiones y una tendencia a la fijación de tipos de referencia fijos, en lugar de variables, lo que mitiga la no aplicación de cláusulas suelo. Es decir, una exigencia de mayor rentabilidad por parte de la banca que redundará en un encarecimiento sustancial del coste de financiación de los clientes a lo largo del 2017.
Por parte de los consumidores, se estima que unos tres millones de familias se puedan ver beneficiadas tanto por la retroactividad de las cláusulas suelo como por la eliminación de las actuales. Esto tendrá un efecto directo en la renta disponible de las familias, muy beneficioso para el devenir global de la economía.
Más allá de las consecuencias, es necesario analizar ciertos matices que están detrás de la aplicación de las cláusulas suelo y su resolución judicial.
El Tribunal Supremo español ha indicado en su sentencia que la aplicación de estas cláusulas y su inclusión en los contratos no había sido lo suficientemente transparente de cara a los clientes, sin poner en duda que estos fueran conocedores de las mismas, algo cuya responsabilidad compete a los notarios, sino que era necesaria una sobreclaridad de las mismas en las pólizas y por ello dictaminaba su devolución. Esto abre una peligrosa puerta a la modificación de contratos, alegando un no entendimiento de lo redactado en los mismos. El caso de las cláusulas suelo es muy diferente a otros ya surgidos, como las preferentes o subordinadas, en los que existe un consenso generalizado de mala praxis en la venta. En este caso la mayor parte de los afectados era conocedor, en mayor o menor medida, de la existencia de estas condiciones.
Otro aspecto a destacar es que, una vez más, una sentencia de la justicia nacional se ha visto modificada por la Unión Europea, poniendo en duda los motivos reales que han llevado a la fijación de una fecha para la no aplicación de la devolución.
Por último añadir que dentro de la depuración de responsabilidades con el sector bancario en la que se está inmerso, y aún en plena digestión de la eliminación de las cláusulas suelos, ya tenemos el siguiente capítulo a la vista: devolución de los costes de formalización de las hipotecas.